Decreto Nº 2930-2022
Habilítanse los
créditos los presupuestario para
atender erogaciones del mes de agosto del corriente año.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3536 del 16-09-22.-
Dictado 28-07-22.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1º.-Habilítanse los créditos
los presupuestario para
atender erogaciones del mes de agosto del corriente año, por los
montos conceptos que figuran en
planilla anexas de
fojas 343 a
360 del Expediente Nº
17757/21, de acuerdo
con el Presupuesto aprobado por Ley Nº 3403 y sus modificatorias