Decreto Nº 2930-2022

Habilítanse los créditos  los  presupuestario  para  atender  erogaciones  del mes de agosto del corriente año.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3536 del 16-09-22.-

Dictado 28-07-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

Artículo  1º.-Habilítanse  los créditos  los  presupuestario  para  atender  erogaciones  del mes de agosto del corriente año, por los montos conceptos que  figuran  en  planilla  anexas  de  fojas  343  a  360  del Expediente    17757/21,  de  acuerdo  con  el  Presupuesto aprobado por Ley Nº 3403 y sus modificatorias



[1] Nota: Título dado por el Digesto.